En virtud de lo previsto en la Orden Ministerial del 28 de agosto de 1970, (BOE del 24 de octubre), los Graduados Sociales colegiados están autorizados para “verificar”, sin menoscado de las facultades inspectoras e interventoras de la Administración, mediante certificación o visado, los padrones, declaraciones, liquidaciones y demás documentos que hayan de formalilzar las Empresas y los trabajadores a efector de lo establecido en la legislaciones laboral y de Seguridad Social.
En el sellado de verificación de documentos, deberá firmar siempre el Graduado Social cada vez que lo utilice, asumiendo la responsabilidad de la veracidad de los mismos.
De este modo, ya no se precisará aportar los originales de la documentación.